ABSENTISMO ESCOLAR |
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Dentro del marco normativo, la Orden 2069/2020, de 10 de septiembre y Orden 3005/2022, de 7 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados entre la Comunidad de Madrid y las corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención y control del absentismo escolar del alumnado comprendido entre los 6 y 16 años de edad escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid. El convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y el Ayuntamiento de Navalcarnero, para prevenir y controlar el absentismo escolar en las etapas obligatorias de educación y garantizar la asistencia regular del alumnado a los centros educativos, en las etapas de escolarización obligatoria, así como con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos. Durante los cursos escolares la Concejalía de Educación realiza reuniones trimestrales con los diferentes miembros de la Mesa de Absentismo.
Al inicio del curso 2023-2024 se ha realizado una primera mesa, donde se expusieron los expedientes del alumnado absentista; el pasado martes, 13 de febrero se ha realizado la segunda mesa con nuevos expedientes y seguimiento de los casos iniciales de absentismo. Todos los expedientes llevan su informe se seguimiento por los Agentes tutores con la colaboración de los Servicios Sociales y centros educativos de la localidad, así como, propuestas y actuaciones a seguir para conseguir la asistencia regular del alumnado a las aulas y dentro de la ordenanza reguladora del procedimiento de control del absentismo escolar creada por el Ayuntamiento de Navalcarnero.