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Ayuntamiento de Navalcarnero RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2020, del Director General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, por la que se dicta instrucción sobre el procedimiento a seguir para la prestación de los servicios en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con efectos 16 de marzo.

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No será necesario que los demandantes acudan a la oficina a renovar presencialmente sus demandas de empleo para que estas se mantengan en “Alta”, y posibiliten el reconocimiento o reanudación de las prestaciones por desempleo cuando fuese necesario. Se procederá a realizar una renovación automática y masiva de las demandas de empleo a efectuar de oficio por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

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