Consumo |
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CONCEJALÍA DE CONSUMO (O.M.I.C)
1. OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es un servicio gratuito para los consumidores.
Funciones de la OMIC
La información y educación de los consumidores y usuarios para el adecuado y efectivo ejercicio del Acto de Consumo y de sus derechos y deberes como consumidor.
- La tramitación y resolución si procede de las consultas, denuncias y reclamaciones que presenten los consumidores.
- Realizar tareas de información, formación y educación en materia de consumo.
2. INSPECCIONES DE CONSUMO.
Además de las Campañas de Inspección que señala anualmente la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, la Inspección de Consumo del Ayuntamiento realiza controles periódicos a los diversos establecimientos comerciales del municipio por diversas causas. Una de ellas es el hecho de que un ciudadano ponga en conocimiento del Ayuntamiento cualquier anomalía que detecte y suponga una infracción de la normativa en materia de consumo; bien sea por el incumplimiento de la normativa vigente por parte del comercio hacia el consumidor, bien por la existencia de algún indicio de fraude o estafa dirigida a los consumidores en general.
Para poner en conocimiento de la Concejalía de Consumo cualquiera de estos hechos, puede hacerlo dirigiendo escrito al Ayuntamiento a través del Registro del mismo o denunciando el caso a través de la Policia Local. No olvide que si denuncia a través del Juzgado o la Guardia Civil, lo estará haciendo por vía judicial, no administrativa como es a través de los Servicios Municipales de Consumo y no podremos ayudarle.
3. RED DE ALERTA DE PRODUCTOS PELIGROSOS.
El acceso al conocimiento de las redes de alerta, lo tenemos a través de la pagina web CONSUMADRID, en la página oficial de la Comunidad de Madrid (madrid.org)
4. ARBITRAJE DE CONSUMO.
El Sistema Arbitral de Consumo es un medio de resolución de reclamaciones en materia de consumo con múltiples ventajas, como son la gratuidad del procedimiento y la agilidad en la resolución de conflictos, entre otras.
Condición indispensable es el hecho de que solamente se podrá acudir a esta vía para resolver las reclamaciones entre que le plantee un consumidor a una empresa, nunca entre dos empresas o dos consumidores.
Tampoco se podrá utilizar esta vía cuando se haya producido intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.
Para más información, acuda a la OMIC o consulte el folleto que sigue.
5. EDUCACIÓN PARA EL CONSUMO
5. 1. Jornadas Informativas para Adultos.
A través de charlas – coloquio dirigidas tanto a adultos como a personas mayores, se tratan temas de interés general sobre diversas materias de consumo. Entre las ya realizadas, se han tocado temas como los viajes combinados, el comercio electrónico, el consumo responsable, Internet y nuevas tecnologías, telefonía, vivienda, Ley de Garantías, etc.
Sobre los temas a tratar así como de los horarios que más convengan a los ciudadanos se aceptan sugerencias así que, anímese a aportar sus ideas. Al fin y al cabo todos somos consumidores.
Se informará oportunamente cuando se vaya a realizar alguna tanto del lugar como de las fechas y contenidos.
5.2. Talleres escolares.
Sabemos que somos consumidores prácticamente desde que nacemos y que los escolares de hoy serán los consumidores de mañana, por eso es importante impartir a los más pequeños esta asignatura, la del Consumo, y que la mejor manera de aprender es jugando.
Los talleres de Consumo se concibieron con esa finalidad, por eso sus contenidos son de lo más variados y su duración no es excesiva (unos 90 minutos), para conseguir informar a los escolares de una manera divertida que no resulte tediosa.
Hasta ahora se han impartido en los Colegios e Institutos del Municipio, en horario escolar, pero esperamos ampliar la oferta a otros lugares y horarios a los largo del año.
- OMIC
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es un servicio gratuito para los consumidores.
Funciones de la OMIC
La información y educación de los consumidores y usuarios para el adecuado y efectivo ejercicio del Acto de Consumo y de sus derechos y deberes como consumidor.
- La tramitación y resolución si procede de las consultas, denuncias y reclamaciones que presenten los consumidores.
- Realizar tareas de información, formación y educación en materia de consumo.
Consulta, Denuncia o Reclamación:
Consulta: Como su propio nombre indica es consultar, solicitar una información, específica o general sobre cualquier tema relacionado con el consumo.
Las consultas se pueden hacer en el OMIC tanto de manera personal, por teléfono, por escrito o mediante correo electrónico, dirigiéndose para ello a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, llamando al 918101330/918101391, o enviando un correo electrónico con su consulta a consumo@ayto-navalcarnero.com
La mayoría de las veces la información solicitada se ofrece de manera inmediata pero, en ocasiones según las características y complejidad de la consulta, la respuesta podrá demorarse más tiempo del deseado.
Denuncia: Es poner en conocimiento de la Oficina la posible existencia de alguna irregularidad o infracción en materia de consumo, con carácter de interés general. Por tanto, el hecho denunciado puede afectar a cualquier consumidor o usuario.
Para hacer una denuncia es obligatorio presentarla por escrito en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en la propio Oficina de la OMIC, debiendo hacer constar los siguientes datos:
• Datos personales: Nombre, Apellidos, DNI, Dirección, Teléfono, así como cualquier otro dato que consideremos que puede contribuir a una mejor comunicación, como por ejemplo una dirección de correo electrónico, un número de móvil, etc.
• Datos de la empresa denunciada; en los que como mínimo debe hacerse constar el nombre de la empresa y una dirección, aunque al igual que con los datos personales, cuantos más datos se obtengan, mucho más ágil será la tramitación.
• Hechos; se debe hacer una exposición detallada del hecho o hechos que estamos denunciando, de tal forma que podamos formarnos una mejor composición del asunto en cuestión de manera que nos ayude a intentar solucionarlo.
Reclamación: Es poner en conocimiento de la Oficina la posible existencia de alguna irregularidad en materia de consumo con carácter de interés individual, solicitándose, por parte del consumidor o usuario que reclama, la solución del litigio o el resarcimiento por el daño o perjuicio sufrido.
La reclamaciones pueden ser presentadas, bien mediante la solicitud en la propia empresa reclamada, solicitando y presentando allí las Hojas de Reclamación, o bien mediante escrito presentado en la OMIC. Lo ideal es que el consumidor, en el mismo momento del acto de consumo, pida a la empresa las Hojas de Reclamaciones, que están obligadas a tener y ofrecer a los clientes cuando éstos las soliciten, se debe rellenar en el mismo establecimiento y momento, el cliente se quedará con una copia que será remitida a la oficina de la OMIC, para su tramitación.
En todo caso, ya sea por escrito o por las Hojas de Reclamación, los datos mínimos que deben figurar son los siguientes:
• Datos personales; Nombre, Apellidos, DNI, Dirección y Teléfono.
• Datos de la empresa denunciada; como mínimo debe hacerse constar el nombre de la empresa y dirección.
• Hechos; exponer lo más detalladamente posible el hecho o los hechos que se denuncian, para poder así formar una composición del asunto en cuestión de manera que ayude a explicar claramente el asunto.
• Documentación; se debe adjuntar toda la documentación que posea el reclamante, como facturas, presupuestos, garantías etc…
• Pretensión; es muy importante especificar claramente lo que pretendemos con la reclamación, pues la OMIC valorará lo solicitado (devolución del dinero, cambio del producto, reparación etc…).
Nota Básica importante
Es fundamental que el consumidor o usuario solicite del establecimiento comercial o del profesional al que le solicitamos los servicios, el documento acreditativo del bien adquirido o del servicio utilizado y que se informe adecuadamente de los términos y alcance de los contratos suscritos, ya que de ello depende el resultado de posteriores actuaciones. Igualmente, antes de solicitar la Mediación de la OMIC el consumidor deberá reclamar al establecimiento.
Recordar que siempre es preferible consultar previamente, que verse obligado a denunciar o reclamar con posterioridad.
HORARIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
De lunes a viernes de 8:00 a 14:00 h, CON CITA PREVIA. Se ruega llamen previamente al teléfono 918101391.
DESCARGAS
>> HOJA DE RECLAMACIONES / DENUNCIA